| Son valores negociables que dan a su poseedor o tenedor el derecho, y no la obligación, a comprar o vender el subyacente en una fecha futura y a un precio estipulado. El día que se adquieren y por ese derecho, se satisface una cantidad o prima al emisor. En este sentido, se puede definir los warrants como opciones, pero "listadas", es decir son emitidas por bancos, admitidas a cotización en bolsa, y se comercializan en volúmenes asequibles para el pequeño inversor. La representación de estos valores se realiza mediante anotaciones en cuenta. Generalmente, en una operación de este tipo no se adquiere efectivamente el subyacente sino que se suele liquidar por diferencias. Es decir, el titular recibe unidades monetarias tanto al ejercicio como en la negociación del warrant. |