| Tanto en los fondos de titulación como en las cédulas hipotecarias: - Los intereses o cupones están sujetos a una retención del 15% y tributan en la parte general de la base imponible.
- Por lo que respecta a la amortización, transmisión o reembolso de los activos no estarán sujetas a retención siempre que se negocien en un mercado secundario organizado español y están representados en anotaciones en cuenta.
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