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FONDTESOROS. - FONDTESORO FIM: Al menos el 50% del patrimonio debe estar invertido en cualquier variedad de Deuda con un plazo de vencimiento superior a un año. Es decir, en bonos obligaciones, etc_. El resto deberá estar colocado en Deuda del Estado a corto plazo, bien sea en Letras o Repos.
- FONDTESOROS FIAMM: Al menos el 95% del patrimonio debe estar invertido en Deuda Pública a corto plazo, es decir, el vencimiento de los activos no podrá ser superior a los 18 meses.
- FONDTESOROS RENTA FIM: Un porcentaje no inferior al 70% debe estar colocado en Deuda del Estado, o en participaciones de los Fondos de Titulización de Pequeñas y Medianas empresas (FTPymes), que cuenten con el respaldo del Estado mediante el correspondiente aval. Son fondos que convierten las participaciones en lo que originalmente eran préstamos.
Además al menos el 50% deberá estar invertido en Bonos y Obligaciones del Estado o en cualquier modalidad de Deuda con vencimiento superior a un año. Se admite que un máximo del 20% de los activos se inviertan en otros valores de renta fija privada con una alta calificación crediticia (igual o superior a A+, A1, o similar). - FONDTESOROS RENTA FIAMM: Al menos el 60% debe estar invertido en deuda Pública del Estado con vencimiento a corto plazo. Igualmente no menos del 80% debe estar en Deuda del Estado o en títulos emitidos por FTPymes avalados por éste mismo organismo. Además se permite un porcentaje máximo del 10% de los activos en otros valores de renta fija diferentes de la Deuda del Estado, siempre y cuando tenga una calificación crediticia superior a A+, A1 o similares.
- FONDTESOROS PLUS FIM: No menos del 70% del activo debe estar invertido en deuda del Estado o en títulos emitidos por FTPymes avalados por el Estado.
Al menos el 50% debe estar invertido en Bonos y Obligaciones del Estado en cualqui8era de sus modalidades con un plazo superior al año. Se permite un porcentaje máximo del 20% de los activos en renta variable (acciones) que estén integrados en el índice bursátil español (Ibex 35) y en otros valores de renta fija distintos de la deuda del Estado, siempre que tengan calificación crediticia superior a A+, A1 o similares. No obstante, el Fondo podrá invertir un porcentaje de renta variable del Ibex 35.
FONDVALENCIAS: - FONDVALENCIAS FIM: Al menos el 50% deberá estar invertido en bonos y obligaciones de la Generalitat Valenciana con plazo de vencimiento superior al año.
- FONDVALENCIAS FIAMM: La deuda de la Generalitat deberá ascender a un porcentaje no inferior al 25%.
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