Depósitos bancarios 
Régimen de las cuentas financieras 
Las cuentas financieras se definen como aquellos contratos en cuya virtud una entidad financiera recibe fondos del público para su inversión en activos financieros (Letras del Tesoro, Bonos y Obligaciones del Estado, etc), comprometiéndose frente a cada titular a efectuar, con carácter regular, en las fechas o circunstancias estipuladas en el contrato, la compra e inmediata reventa de todo o parte de la inversión.

Las rentas obtenidas por este tipo de productos se califican fiscalmente como rendimientos de capital mobiliario, con una reducción del 40% si la renta tiene un período de generación superior a los 2 años. Se someterán a retención del 15% y el rendimiento se integrará en la parte general de la base imponible con independencia de su período de generación. Por último, los gastos de administración y custodia no tienen la consideración de deducibles.

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